Las trabajadoras estatutarias tienen derecho a ausentarse del puesto de trabajo para exámenes prenatales o técnicas de preparación del parto en algún centro sanitario de las Islas Baleares. Este permiso es extensivo al otro miembro de la pareja.
Normativa
Estatal
- Art. 48.e) del Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
- Apartado dos de la disposición final decimosexta de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
Autonómica
Art. 28 del anexo I del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 22 de diciembre de 2022 por el que se desarrollan medidas organizativas y de gestión en el ámbito del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2023 (BOIB núm. 26, de 28/02/2023).
Duración
Durante el tiempo necesario para llevar a cabo los exámenes prenatales o las técnicas de preparación del parto.
Plazo máximo para resolver
5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la solicitud.
Efecto del silencio administrativo
Estimatorio.
Solicitud
- Con carácter general, la solicitud debe cursarse con una antelación mínima de 10 días hábiles a la fecha en que se pretenda iniciar el permiso.
- Debe cursarse por medio de la aplicación informática de la gerencia territorial o de un procedimiento normalizado de la gerencia para cada unidad o servicio.
Justificación
- Documento presentado junto con la solicitud que acredite la necesidad de que la técnica de fecundación o reproducción asistida deba llevarse a cabo durante la jornada laboral.
- Certificado de asistencia.
El grado de parentesco y la relación familiar deben acreditarse con el libro o los libros de familia, una resolución del registro de parejas estables, un certificado del Registro Civil o bien la inscripción en cualquier registro público que acredite el hecho causante.