La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares incorpora a sus carteras de servicios técnicas, tecnologías o procedimientos no previstos en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y con esta finalidad establece los recursos adicionales necesarios.
Los servicios o prestaciones complementarios cumplen los mismos requisitos establecidos para la incorporación de nuevas técnicas, tecnologías o procedimientos en la cartera común de servicios, y no están incluidos en la financiación general de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud. Antes de incorporarlos, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares informa, de manera motivada, al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
- Decreto 94/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueban las bases y se establece el contenido de la cartera de servicios complementaria del Sistema Sanitario Público de las Islas Baleares
- Decreto 87/2005, de 29 de julio, de gestión de la prestación sanitaria en materia de salud bucodental a la población de entre 6 y 15 años de las Islas Baleares
- Decreto 41/2004, de 23 de abril, que regula las compensaciones de los usuarios del Servicio de Salud de las Islas Baleares